DERECHO

DERECHO
LA BALANZA DE LA JUSTICIA

lunes, 11 de abril de 2011

NUEVAS TECNOLOGÍAS, DERECHO Y TRANSFORMACIONES SOCIALES





Desde siempre los seres humanos hemos empleado diferentes recursos para satisfacer necesidades. Al principio las más básicas, como la vivienda o el vestido, para lo cual aprovechábamos recursos que la naturaleza nos ponía en las manos, como una cueva o pieles de animales muertos. Pero poco a poco hemos aprendido a solucionar las necesidades de una manera más activa, como por ejemplo construyendo viviendas o elaborando tejidos a partir de materiales artificiales que no existen en la naturaleza, invención conciente de los seres humanos. La tecnología es precisamente el conjunto de técnicas que permite aprovechar los conocimientos científicos de manera práctica.

Los individuos de diferentes sociedades históricas han ido perfeccionando aparatos o máquinas para satisfacer un sinnúmero de actividades.

Hoy en día el uso de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) está ampliamente extendido, ocasionando transformaciones en todos los ámbitos de la sociedad.

El auge tecnológico que se ha venido produciendo en los últimos años han propiciado lo que algunos denominan la nueva revolución social, con el desarrollo de la sociedad de la información. En esta nueva sociedad, la materia prima es la información y en torno a ella surgirán profesiones y trabajos nuevos, o se readaptaran las profesiones existentes.

En este sentido las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) juegan un papel preponderante, entendiéndose éstas como .las que giran en torno a tres medios básicos: la informática, la microelectrónica y las telecomunicaciones; pero giran, no solo de forma aislada, sino lo que es más significativo, de manera interactiva e ínter conexionadas, lo que permite nuevas realidades comunicativas. (Cabero, J., 1998:198).

El impacto social de las TIC se hace sentir en la fuerza e influencia que tiene en los diferentes ámbitos y las nuevas estructuras sociales que están surgiendo produciéndose una interacción constante entre la tecnología y la sociedad.

Un efecto de esta interacción entre las innovaciones tecnológicas y las estructuras sociales es el nuevo sistema económico global. La Globalización y Mundialización es un fenómeno que se produce por el impacto de las tecnologías de la información y la comunicación sobre los procesos organizativos y sociales, y está dirigida o guiada por diferentes agentes interesados en el establecimiento de un nuevo modelo económico que les permita el crecimiento y la expansión tanto económica como estratégica.

Es necesario que la sociedad analice los cambios y las consecuencias sociales que pueden derivarse del uso de las nuevas tecnologías, de modo que atienda las necesidades sociales y culturales de las personas. La reflexión sobre los efectos relacionados con: las desigualdades entre los países pobres y ricos, el efecto de la globalización sobre las culturas minoritarias y el respeto a los derechos humanos; permitirá evitar los posibles efectos negativos y el establecimiento de políticas orientadas a una sociedad de la información para todos, igualitaria y guiada por objetivos sociales no por intereses de los poderes económicos.

Hoy en día, estamos convencidos de que una de las características del momento actual es la conexión indisoluble, la muy estrecha interacción y el acondicionamiento mutuo de la sociedad con la ciencia. La ciencia es uno de los factores esenciales del desarrollo social y está adquiriendo un carácter cada vez más masivo. Al estudiar los efectos de la ciencia en la sociedad, no se trata solamente de los efectos en la sociedad actual, sino también de los efectos sobre la sociedad futura.

Implicaciones constitucionales de las nuevas tecnologías.

El ejercicio de la libre expresión se encuentra con posibilidades hasta ahora inimaginables, aunque, al mismo tiempo, también nos encontramos ante un medio que facilita el que se vulnere el derecho al honor y en el que su defensa se hace mucho más compleja.

El Derecho no puede permanecer al margen de este fenómeno. Ante esta situación el Estado debe implantar normativas eficaces capaces de regular los derechos y las libertades constitucionales.



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA

COMISIÓN CURRICULAR





PROGRAMA

ANALÍTICO

P.F.G: Estudios Jurídicos

UNIDAD CURRICULAR:


NUEVAS TECNOLOGÍAS, DERECHO Y TRANSFORMACIONES SOCIALES

TRAYECTO:


TERCERO TRAMO:

PRIMERO


PRESENTACIÓN DE LA UNIDAD CURRICULAR

Descripción: Ética y desarrollo tecnológico. Impacto social de las nuevas tecnologías. Análisis de los supuestos específicos, como la ingeniería, la genética, biotecnología, energía y transporte, el teletrabajo, los nuevos delitos electrónicos, las nuevas formas de participación.


OBJETIVOS GENERALES:


Valorar la influencia e invidencia de las nuevas tecnologías de información y conocimientos (TIC) en el desarrollo de otras áreas del conocimiento y sus implicaciones económicas, jurídicas, políticas y sociales en el ámbito nacional e internacional.


OBJETIVOS ESPECÍFICOS O COMPETENCIAS:


• Analizar la incidencia de las nuevas tecnologías en el desarrollo de la ingeniería, la genética, teletrabajo, la biotecnología, energía y transporte.

• Evaluar las implicaciones económicas, jurídicas, políticas y sociales que generan el uso de las TIC`S.

• Reconocer las TIC`S como herramientas para el desarrollo comunitario.

• Evaluar las implicaciones económicas, jurídicas, políticas y sociales que generan el uso de las TIC`S


CONTENIDOS

UNIDAD I: INTRODUCCIÓN Y CONCEPTUALIZACION


- Contexto Histórico.

- Conceptualización

- Marco Legal internacional



UNIDAD II: IMPACTO E INCIDENCIAS DE LAS TIC:

Impacto desde el punto de vista:

- La ingeniería.

- La genética.

- La biotecnología.

- La energía y transporte

Nuevas Formas de producción:

- El Teletrabajo y su regulación jurídica.

Régimen Jurídico del Derecho de Autor y de la Propiedad Intelectual Enfocado en el uso de las TIC



UNIDAD III: DEBERES Y DERECHOS ESTABLECIDOS RELATIVOS AL USO DE LAS TIC

UNIDAD IV: RÉGIMEN JURÍDICO PREVISTOS EN VENEZUELA CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS:

- Delitos contra los sistemas que utilizan tecnologías de información.

- Delitos contra la propiedad.

- Delitos contra la privacidad de las personas y de las comunicaciones.

- Delitos contra niños, niñas o adolescentes.

- Delitos contra el orden económico.

- Agravantes

Penas accesorias.




ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS


En esta unidad Curricular se aplicarán diversas estrategias didácticas y técnicas de recolección que permitirán llevar a cabo el proceso de enseñanza -aprendizaje , de acuerdo a la unidad y al tema, para ello se sugiere llevar a cabo lo siguientes: -técnicas de recolección o levantamiento de información en fuentes primarias y secundarias, -técnicas de interacción verbal entre el facilitador (a) y los estudiantes, mediante un torbellino de ideas, la discusión dialógica, la lectura individual y grupal analizando los distintos textos, -mapas mentales y conceptuales, -V de Gowin, -estrategias organizativas y los cuadros comparativos, -la espina de pescado, -interrogatorios, -debates, -exposiciones en clase, -exámenes, -foros, -talleres, la utilización de materiales didácticos como proyecciones auditivas y audiovisuales.


Tomando en cuenta la libertad de cátedra y la particularidad de cada sede o aldea.



TÉCNICAS DE EVALUACIÓN

Se aplicará la evaluación diagnostica al inicio de la unidad curricular, para obtener una muestra de los conocimientos previos que los estudiantes posean. Los cuales serán la base de los contenidos que se desarrollaran en el transcurso del semestre.


También se evaluará en forma continua: - durante el conversatorio que se genera en el aula de clase, -inmediatamente después de concluir con la actividad en clase. A fin de que el docente pueda percibir si los estudiantes han logrado un aprendizaje significativo o si debe reforzar los temas abordados, ya sea aplicando diversas técnicas didácticas que le permitan recuperar intencionalmente los componentes cognitivos para establecer relaciones significativas con la situación nueva de aprendizaje.

Además de aplicar la evaluación en forma sumativa e individual, de acuerdo al desenvolvimiento de cada estudiante, en los contenidos abordados y la formativa ya que se requiere de una supervisión constante en el proceso de aprendizaje.

La evaluación que se realice será ponderada tanto cualitativa y cuantitativamente. Las técnicas de evaluación utilizadas con mayor frecuencia son las de carácter informal y formal mediante observaciones e interacciones verbales. Los instrumentos utilizados para la evaluación formativa interactiva son la lista de control, escalas descriptivas, pruebas prácticas y tipo ensayo.

La evaluación de los aprendizajes será realizada por el / la docente / facilitador (a) por medio de la heteroevaluación y por los /las estudiantes/ participantes a través de la auto evaluación y la coevaluación de los aprendizajes.



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
MISIÓN SUCRE-UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MUNICIPIO LAGUNILLAS CIUDAD OJEDA
ESTADO ZULIA
 ESTUDIOS JURÍDICOS- ALDEA:   U. E “NUEVA VENEZUELA”
UNIDAD CURRICULAR:   NUEVAS   TECNOLOGÍAS, DESARROLLOS   Y   TRANSFORMACIONES SOCIALES

Profesora: Mildred Caldera          
 Realizado Por la Estudiante: Sandra Montaño:
  UNIDAD III: DEBERES Y DERECHOS ESTABLECIDOS RELATIVOS AL  USO DE LAS TIC

 La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 156,numeral 28 ha otorgado al Poder  Público  Nacional  la competencia sobre “el  régimen  del  servicio  de  correo  y  de  las telecomunicaciones,  así como  el  régimen y  la  administración del  espectro electromagnético”.
 Es por  ello que  la  reciente Ley Orgánica de Telecomunicaciones  (LOTEL), ha desarrollado el precepto constitucional citado estableciendo un marco general que permite la regulación del sector de las telecomunicaciones, y en particular  el  régimen  de  concesiones  para  el  uso  del  espectro  radioeléctrico,  como  bien  del  dominio público.
  El mencionado  instrumento  legal ha otorgado  la competencia para  la regulación del sector a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, inicialmente creada mediante el Decreto N° 1826 del 5 de septiembre de 1991  (Gaceta Oficial N° 34.801 de fecha 18 de septiembre del mismo) y a la  cual la Nueva Ley Orgánica de Telecomunicaciones ha convertido en un  instituto autónomo, con personalidad jurídica, patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional y autonomía técnica, financiera, organiza va,  normativa y administrativa. CONATEL está adscrita administrativamente al Ministerio de Infraestructura y, de manera general, tiene competencias para  la regulación, planificación, promoción, desarrollo y protección de las telecomunicaciones en todo el territorio nacional. El papel del nuevo regulador se  circunscribe a ser un verdadero administrador del sector de las telecomunicaciones, y principalme te, de los recursos limitados.
 El 12 de junio de 2000 se publica e Gaceta Oficial N° 36.970, la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, con la cual se concibe a las telecomunicaciones  como una actividad de interés general, sin menoscabo de carácter de servicio público destinada a la Seguridad y Defensa Nacional.
  La aprobación de este marco jurídico de avanzada, persigue  regular  las  telecomunicaciones en aras de promover el desarrollo y la utilización de
 nuevos  servicios,  impulsar  la  integración  eficiente  de  los  servicios  de  telecomunicaciones,  establecer  los deberes  y  derechos  de operadores  y  usuarios. Con  esta  Ley,  se  le  otorga  a CONATEL  la  condición  de Institución Autónomo dotado de personalidad jurídica, adscrito al Ministerio de  Infraestructura a efectos de control de tutela administrativa.
  Seguidamente a la promulgación de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones se han desarrollado diferentes reglamentos,  entre  los  que  destacan:
      • El  Reglamento  de  Interconexión;
      • Reglamento  de  Habilitaciones Administrativas  y  Concesiones  de  Uso  y  Explotación  del  Espectro  Radioeléctrico;
      • Reglamento de Apertura de Servicios de Telefonía Básica;
      • y Reglamento de Radiodifusión Sonora y Televisión Abierta Comunitarias,  de  Servicio  Público  Sin  Fines  de  Lucro,
      • Reglamento  de  la  Ley  Orgánica  de Telecomunicaciones  sobre  el  Servicio  Universal  de  Telecomunicaciones,
      • y  Reglamento  sobre  los Tributos establecidos en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones,  todo esto a través de procesos abiertos de consulta pública, para garantizar así la transparencia y dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley  Orgánica de  la Administración Pública, Artículos  135  y  136. Todo esto a través de procesos abiertos de consulta pública, para garantizar así la transparencia.

 Entre los objetivos de esta Ley destacan:
 •  La  defensa  de  los  intereses  de  los  usuarios  y  su  derecho  a  acceder  a los servicios de telecomunicaciones y al ejercicio de la comunicación libre y plural.
 •  Procurar  condiciones  de  competencia  entre  los  diferentes  operadores  y  prestadores  de  servicios, estableciendo  disposiciones  en  materia  de  precios  y  tarifas,  interconexión  y  recursos  limitados
 (numeración,  espectro  radioeléctrico  y  vías  generales  de  telecomunicaciones),  generando  así  el desarrollo  y  la  utilización  de  nuevos  servicios,  redes  y  tecnologías  que  impulsan  la  integración  geográfica y  la cohesión económica y social, al  igual que  la convergencia eficiente de servicios de telecomunicaciones.
     • Garantizar la incorporación y cumplimiento de las Obligaciones de Servicio Universal, mediante la creación de un Fondo  cuya  finalidad  es  subsidiar  los  costos de  infraestructura necesarios para  la satisfacción  de  dichas   obligaciones  y  a  la  vez  mantener  la  neutralidad  de  los  efectos  de  su cumplimiento desde el punto de vista de la competencia.
     • Propiciar la investigación y desarrollo del sector en el país, así como la transferencia tecnológica; y atraer la inversión nacional e internacional para el desarrollo del sector de telecomunicaciones.
 Conjuntamente  con  la  Superintendencia  para  la  Promoción  y  Protección  de  la  Libre  Competencia, CONATEL  es  responsable  de  promover  la  inversión  en  el  sector  y  resguardar  la  libre  competencia,  al tempo que  se constituye en un árbitro efectivo de las controversias que se susciten entre operadores de Telecomunicaciones. Asimismo, tiene atribuida  la función de velar por la calidad de los servicios prestados en el país y elaborar los planes y políticas nacionales de telecomunicaciones.
 A finales del año 2000 se inicia en el país el proceso de Apertura de los  servicios básicos de telefonía, como una estrategia para el relanzamiento del sector de las telecomunicaciones para fomentar su desarrollo. Es entonces a partir de  ese proceso que  todos  los venezolanos disfrutamos  cada vez de mejores servicios y acceso a las telecomunicaciones a nivel nacional.
 Por otro lado, en el ámbito internacional, CONATEL ha logrado durante los  últimos años una participación activa, ante organismos como  la Unión  Internacional de Telecomunicaciones,  la Comisión  Interamericana de Telecomunicaciones, el Comité Andino de Autoridades de  telecomunicaciones, entre otras.
 
 OBJETIVOS
 1.  Promover  el  desarrollo  y  prestación  de  servicios  de  telecomunicaciones  eficientes,  buscando  mantener el equilibrio entre la eficiencia económica y la equidad social.
 2. Planificar y administrar en forma eficiente la asignación de recursos  limitados.
 3.Desarrollar y mantener actualizado un marco normativo de telecomunicaciones moderno y flexible, e implantar los mecanismos necesarios para verificar y garantizar el cumplimiento del mismo.
 4.  Promover el acceso de  todos  los  ciudadanos a  los  servicios de  telecomunicaciones  con niveles de calidad  aceptables  y  a  precios  competitivos,  independientemente  de  su  ubicación  geográfica  y condición social.
 5.Ofrecer a los usuarios de los servicios de telecomunicaciones información acerca de sus derechos y deberes,  así  como  incentivar  la participación  ciudadana en la elaboración de los de regulación para propiciar el desarrollo equilibrado del  mercado.
 6.Desarrollar políticas de fortalecimiento y participación activa a nivel internacional que contribuyan al desarrollo del sector a nivel regional y posicionen a Venezuela como líder.

  Entre los objetivos de esta Ley destacan:
 •  La  defensa  de  los  intereses  de  los  usuarios  y  su  derecho  a  acceder  a  los  servicios  de telecomunicaciones y al ejercicio de la comunicación libre y plural.
 •  Procurar  condiciones  de  competencia  entre  los  diferentes  operadores  y  prestadores  de  servicios, estableciendo  disposiciones  en  materia  de  precios  y  tarifas,  interconexión  y  recursos  limitados (numeración,  espectro  radioeléctrico  y  vías  generales  de  telecomunicaciones),  generando  así  el desarrollo  y  la  utilización  de  nuevos  servicios,  redes  y  tecnologías que impulsan la integración geográfica y la cohesión económica y social, al igual que la convergencia eficiente de servicios de telecomunicaciones.
 •Garantizar la incorporación y cumplimiento de las Obligaciones de Servicio Universal, mediante la creación de un Fondo  cuya  finalidad  es  subsidiar  los  costos de  infraestructura necesarios para  la satisfacción  de  dichas   obligaciones  y  a  la  vez  mantener  la  neutralidad  de  los  efectos  de  su cumplimiento desde el punto de vista de la competencia.
•Propiciar la investigación y desarrollo del sector en el país, así como la transferencia tecnológica; y atraer la inversión nacional e internacional para el desarrollo del sector de telecomunicaciones.

 Conjuntamente  con  la  Superintendencia  para  la  Promoción  y  Protección  de  la  Libre  Competencia, CONATEL  es  responsable  de  promover  la  inversión  en  el  sector  y  resguardar  la  libre  competencia,  al tiempo que  se  constituye en un árbitro efectivo de  las  controversias que  se  susciten entre operadores de telecomunicaciones. Asimismo, tiene atribuida la función de velar por la calidad de los servicios prestados en el país y elaborar los planes y políticas nacionales de telecomunicaciones.

Los derechos de la planificación y las TIC
The Education (Disability Strategies and Pupils' Educational Records) (Scotland) Act 2002 describes
La Educación (Estrategias de la Discapacidad y de 'Educación Registros alumnos) (Escocia) de 2002 describe what planning duties, introduced by the Special Educational Needs and Disability Act 2001 (SENDA), lo que los derechos de la planificación, introducido por la Necesidades Educativas Especiales y Discapacidad Ley 2001 (SENDA), need to be carried out by local authorities, independent and grant-aided schools in Scotland. deben ser llevadas a cabo por las autoridades locales, las escuelas independientes y con la ayuda a la concesión en Escocia. Known Conocido as its 'Accessibility Strategy' each local authority and other education provider – the so-called como estrategia local de cada autoridad de su accesibilidad "y proveedor de la educación de otros - la llamada responsible body – has to set out how it plans to improve accessibility. responsable del cuerpo - tiene que plantearse cómo se propone mejorar la accesibilidad. Prepared on a 3-yearly cycle, el suministro de mobiliario o equipo de especialistas de las TIC, etc
In this ICT Advice sheet we focus mainly on arrangements to improve accessibility in relation to the En este Consejo de hoja de TIC que se centran principalmente en arreglos para mejorar la accesibilidad en relación con la use of ICT. uso de las TIC. Bear in mind that accessibility strategy planning goes beyond the use of ICT. Tenga en cuenta que la planificación de la estrategia de accesibilidad va más allá del uso de las TIC. Although
Aunque ICT offers important opportunities to improve access for disabled pupils, at the same time ICT is Las TIC ofrecen importantes oportunidades para mejorar el acceso de los alumnos con discapacidad, en el mismo tiempo de las TIC es presenting its own challenges to accessibility. presentar sus propios desafíos a la accesibilidad. The impact of Accessibility Strategy planning in the El impacto de la estrategia de planificación de la Accesibilidad en la area of ICT is already beginning to be seen and the effects will continue to be felt for many years to ámbito de las TIC ya está empezando a ser vista y los efectos se seguirán sintiendo durante muchos años come. venir. Two examples of the need to consider carefully the opportunities and challenges of ICT to

Áreas de mejora: los derechos de la planificación
There are three areas of improvement needed in relation to disabled pupils: Hay tres áreas de mejora necesarios en relación con los alumnos con discapacidad:
• • Improving access to the physical environment Mejorar el acceso al entorno físico
• • Improving access to the curriculum Mejorar el acceso al currículo
• • Improving access to communication and delivery of school information Mejorar el acceso a la comunicación y la entrega de información de la escuela, Improving access to the physical environmentpolíticas que permitan crear un clima favorable de estabilidad, previsibilidad y seguridad sobre el
de las TICs, las cuales garanticen:

a) que las personas que utilizan los recursos y servicios teleinformáticos sean usuarios regulares y registrados en los sistemas de autentificación que la institución designe respectivamente.

b) que los recursos institucionales que se integren a la red sean registrados debidamente por las instancias respectivas de tal manera que se pueda llevar un mejor control del patrimonio de la institución.

c) la implementación de mecanismos de control y seguridad de los recursos
teleinformáticos y de telecomunicaciones de la institución de tal forma que se pueda determinar y detectar usos indebidos, de los recurso conectados a la red,  que afecten la integridad de la información del colectivo o el funcionamiento eficiente de otros recursos o
servicios teleinformáticos.
d) la implementación de políticas sobre la administración de la plataforma tecnológica de
la ULA, de tal forma que se pueda garantizar un rendimiento adecuado de la misma considerando los recursos existentes.

•  La institución tiene el compromiso de propiciar la integración servicios teleinformáticos (cuentas de
e-mail, certificados digitales,  facilidades de acceso a repositorios, etc.) en las actividades académicas y administrativas de la universidad, de tal manera que los usuarios puedan tener acceso universal y equitativo del conocimiento científico y la divulgación de información científica y técnica, siempre y cuando los usuarios usen los servicios para fines académicos y no comerciales.
La institución tiene la potestad de acudir a instancia superiores (la Ley) con el único fin de cumplir con los requisitos justos de moralidad, orden público y bienestar general si los servicios se usan indebidamente.

•  La institución tiene el deber de fomentar, desarrollar y poner en práctica una cultura de ciber seguridad que garantice la protección de los recursos y servicios teleinformáticos.

•  La institución se compromete a consolidar políticas y normativas sobre el uso de las TICs: De tal manera que se pueda garantizar un entorno equilibrado y justo en donde los usuarios puedan desarrollar su pleno potencial en la promoción de sus desarrollos sostenibles y mejorar la calidad de las actividades académicas, extensión y de investigación.

•  La institución tiene el derecho de hacer acopio  de su patrimonio intelectual (tesis, trabajos de ascenso, trabajos de investigación, etc.) y de colocarlo al servicio de la humanidad en medios electrónicos, en el marco de los convenios nacionales e internacionales que ella suscriba. Sin menoscabo de la autoría intelectual tiene el derecho de exigir a los usuarios la entrega de su producción intelectual.

•  La institución tiene el derecho a implementar mecanismos de seguridad, protección y certificación para sus procesos académicos y administrativos.

 DECL ARACIÓ N   DE    P RI N CI PI OS     SOBRE   EL  USO DE  LAS   TECNOLOGI AS   DE    IN FO RM ACIÓN   Y    COMUNICACIONES  (TICS)    EN  LA  UL A

(Falta por la aprobación del directorio del CCA)

Esta declaración de principios incorpora un conjunto de reglas (principios) de conducta destinados a crear en la institución una cultura tecnológica más inclusiva y equilibrada, una manifestación de preceptos operativos y medidas concretas para que todos los actores se beneficien más equitativamente de las oportunidades, así como también para que todos los actores tomen conciencia del grado de responsabilidad que tienen al usar esta tecnología y reconozcan tantos sus derechos como compromisos.

Sobre los usuarios:

La condición de usuario de los servicios teleinformáticos de la ULA  (Red ULA) es un derecho que la
ULA otorga, por se, a todos los integrantes de su comunidad. Dicha condición se extiende para aquellos visitantes institucionales que eventualmente participan en las actividades propias de la casa de estudio. Por lo tanto, es usuario de los recursos de TICs: a) todo integrante de la comunidad académico laboral que voluntaria u obligatoriamente utilice los servicios TICs, b) unidades académicas y dependencias administrativas de la ULA, c) unidades para universitarias y personería jurídica de apoyo académico, administrativo científico, y económico-social, y d) personal invitado que requiera realizar labores universitarias.

Todo usuario tiene derecho utilizar una serie de servicios que la institución le otorga de manera imperativa.
 Dichos servicios les  facilitan a los usuarios acceder a un arsenal de recursos y posibilidades teleinformáticas. No obstante los usuarios tienen la obligación de utilizar estos recursos bajo ciertos parámetros que permitan un dinamismo equilibrado y equitativo del uso de las tecnologías de información y comunicaciones dentro de la institución. Estos parámetros son:

•  Reconocimiento de la dignidad inherente al ser humano y de la inalienable igualdad de derecho de los mismos, por encima de consideraciones tecnológicas o de la relación comercial entre productor y consumidor. Este principio se basa en la justicia económica, política y social que  deben perseguir objetivos de desarrollo humano duradero, además del apoyo a la democracia, la participación, el fortalecimiento y la igualdad de géneros.

•  Derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye la libertad a manifestar opiniones sin interferencia y buscar, recibir y divulgar información e ideas por cualquier medio de comunicaciones e independientemente de las fronteras. Este derecho estará sujeto únicamente a las limitaciones determinadas en las leyes especiales sobre la materia, con el único fin de asegurar el debido respeto de los derechos y  libertades de otros y de cumplir con los requisitos justos de moralidad, orden público y bienestar general.

•  Derecho no sólo de acceder a la información sino de producirla y de disponer de las condiciones mínimas para el desarrollo de la creatividad intelectual, la innovación tecnológica, el uso efectivo de la tecnología y la participación en la sociedad de la información y comunicaciones en un entorno libre de odio y violencia. El ejercicio de este derecho obliga a respetar la integridad de la información y del conocimiento producido por terceros. La producción del conocimiento se considera patrimonio intelectual de la institución y por ende se debe preservar y difundir libremente al público con las únicas limitaciones que las leyes especiales nacionales e internacionales imponga.

•  Derecho a disponer de una plataforma tecnológica en lo referente a TICs que gire alrededor de los usuarios y de los servicios que estos necesitan. De esta manera se reafirma que la tecnología este al servicio de las necesidades de información y comunicaciones de los usuarios, y en consecuencia éstos tengan el derecho de participar y comunicarse, así como también el deber de utilizarla eficazmente. Esto implica la obligación de acatar las disposiciones, que sobre el buen uso de las TICs determine la institución.

•  Derecho a integrar recursos (computadores y/o dispositivo informático) a la plataforma de telecomunicaciones de la ULA para realizar actividades académicas, de investigación y extensión, siempre y cuando no se viole la integridad y rendimiento de dicha plataforma, o se ponga en riesgo el funcionamiento de otros recursos o servicios teleinformáticos de la institución.

•  Derecho a disponer de una plataforma que les brinde confianza y seguridad en la utilización de las
TICs; así como también garantía en la protección de los datos y la privacidad. No obstante los usuarios tienes el compromiso de poner en práctica las medidas de seguridad en los recursos que
están bajo su responsabilidad para garantizar la integridad de los mismos.

Sobre la institución.

La institución tiene una función y una responsabilidad importante en el desarrollo de la sociedad del conocimiento, y de la consolidación y fortalecimiento de servicios relacionados con las TICs. Las autoridades de la institución tienen el deber de promover la modernización tecnológica de la institución con la finalidad de garantizar mayores oportunidades de desarrollo e innovación a los distintos miembros de la comunidad universitaria de una manera equitativa y solidaria. Son deberes y derechos de la institución:

•  La institución tiene el deber de disponer de una infraestructura tecnológica en lo referente a las TICs que permita el acceso universal, ubicuo, equitativo y asequible a todos los miembros de la comunidad universitaria. En consecuencia tiene la obligación de vigilar y velar por el buen funcionamiento y actualización de la infraestructura tecnológica en donde se puedan integrar aplicaciones de comunicaciones e información de amplia cobertura, adaptada a las condiciones locales, regionales, nacionales e internacionales; y que garanticen el bienestar y desarrollo de todos los usuarios que la utilizan.

•  La institución está en la obligación de vigilar y velar por el buen uso de los recursos y servicios teleinformáticos que los usuarios  utilizan. En tal sentido, la institución debe concebir y aplicar

LEY ORGÁNICA DE TELECOMUNICACIONES DE VENEZUELA.

La Ley Orgánica de Telecomunicaciones constituye el logro de una aspiración largamente anhelada por el país. En efecto, la nueva regulación está llamada a sustituir una legislación anacrónica constituida fundamentalmente por la Ley de Telecomunicaciones de 1940 y otras disposiciones legales dictadas con posterioridad a dicha fecha, con las que se pretendió resolver asuntos puntuales. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que la sola circunstancia de extrema longevidad como la que presenta el ordenamiento jurídico legal que se sustituye en esta materia, no constituye en sí misma una justificación suficiente para proponer un cambio en el mismo, toda vez que a tales efectos, resultó ser un instrumento inadecuado a las realidades que el nuevo desarrollo tecnológico había planteado a lo largo de las últimas dos décadas. La Ley Orgánica de Telecomunicaciones, publicada el 12 de junio de 2000 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 36.970, crea un marco legal moderno y favorable para la protección de los usuarios y operadores de servicios de telecomunicaciones en un régimen de libre competencia, así como para el desarrollo de un sector prometedor de la economía venezolana. Este nuevo instrumento legal consagra los principios que regulan las telecomunicaciones, con el objeto de garantizar el derecho a la comunicación de todos los ciudadanos del país, así como la realización de las actividades económicas necesarias para el desarrollo del sector.
Entre los objetivos de esta Ley destacan la defensa de los intereses de los usuarios y su derecho a acceder a los servicios de telecomunicaciones y al ejercicio de la comunicación libre y plural. Asimismo, la Ley de Telecomunicaciones procura condiciones de competencia entre los diferentes operadores y prestadores de servicios, estableciendo disposiciones en materia de precios y tarifas, interconexión y recursos limitados (numeración, espectro radioeléctrico y vías generales de telecomunicaciones), generando así el desarrollo y la utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías que impulsan la integración geográfica y la cohesión económica y social, al igual que la convergencia eficiente de servicios de telecomunicaciones.

Otro de los aspectos resaltantes de la Ley es que garantiza la incorporación y cumplimiento de las Obligaciones de Servicio Universal, mediante la creación de un Fondo cuya finalidad es subsidiar los costos de infraestructura necesarios para la satisfacción de dichas obligaciones y a la vez mantener la neutralidad de los efectos de su cumplimiento desde el punto de vista de la competencia; además, propicia la investigación y desarrollo del sector en el país, así como la transferencia tecnológica, y atrae la inversión nacional e internacional para el desarrollo del sector de telecomunicaciones, en virtud de que esta Ley proporciona seguridad jurídica, estableciendo reglas claras, transparentes, precisas y ajustadas al avance tecnológico del sector.

Derechos y Deberes en la LOT:
En la Ley de Telecomunicaciones se establecen, en términos generales, los derechos y deberes de los usuarios. Entre los derechos de los usuarios, que a su vez implican deberes para los prestadores de servicios de telecomunicaciones, destacan: acceso en condiciones de igualdad a todos los servicios de telecomunicaciones de forma eficiente, de calidad e ininterrumpido; privacidad e inviolabilidad de sus telecomunicaciones; facturación de la totalidad de los cargos por los servicios; disposición de un servicio gratuito de llamadas de emergencia; oportuno reintegro por concepto de depósitos o garantías y saldos que resulten a su favor; compensación por la interrupción de los servicios de telecomunicaciones; atención eficaz de todas sus solicitudes, quejas o reclamos derivados de la prestación del servicio; conocimiento previo y en forma adecuada de la suspensión, restricción o eliminación de los servicios de telecomunicaciones que haya contratado, así como la existencia de averías en los sistemas de telecomunicaciones que los afecten; acceso a la información en idioma castellano relativo al uso adecuado, instalación, mantenimiento de equipos terminales y manejo de los servicios de telecomunicaciones; adecuada y oportuna protección contra anomalías o abusos cometidos por los prestadores de servicios de telecomunicaciones o por cualquier otra persona que vulneren los derechos establecidos en la Ley.

Con el objeto de generar confianza a los inversionistas, la Ley establece mecanismos expeditos, públicos y reglados para el otorgamiento de las habilitaciones administrativas y concesiones. Las habilitaciones administrativas se otorgarán sólo a personas naturales o jurídicas domiciliadas en Venezuela para el establecimiento y explotación de redes y la prestación de los servicios de telecomunicaciones, las cuales tendrán una duración máxima de 25 años, pudiendo ser renovadas por períodos iguales. Las concesiones otorgan un derecho intuitu personae (no transferible) por tiempo limitado, para usar y explotar una porción determinada del espectro radioeléctrico, como bien de dominio público, por lo tanto éste se requerirá únicamente cuando se haga uso del mismo.
Las concesiones pueden ser otorgadas mediante oferta pública o adjudicación directa. El procedimiento de oferta pública incluye una fase de precalificación y una de selección, que se realizará bajo las modalidades de subasta o en función de la satisfacción de mejores condiciones. Las concesiones para el uso y explotación del espectro radioeléctrico en materia de radiodifusión y televisión abierta deberán ser otorgadas a través de adjudicación directa.

Esta Ley le atribuye a CONATEL la administración, control y regulación del recurso limitado de numeración, por medio del cual establece lineamientos precisos tanto para la Comisión como para los operadores de servicios de telecomunicaciones. Entre los elementos más novedosos que posee esta Ley, podemos mencionar:

• La portabilidad numérica o conservación de la numeración.
• La selección de operador de larga distancia nacional o internacional, según la conveniencia del contratante de los servicios.
• El derecho para los operadores de hacer uso de las vías generales de telecomunicaciones existentes, en la forma y modalidades que determine CONATEL. Se consideran Vías Generales de Telecomunicaciones los ductos, tuberías, tanquillas y demás elementos que permitan el emplazamiento de los medios a través de los cuales se transmite la información.
• La regulación de la prestación de los servicios satelitales y el acceso y utilización del recurso órbita-espectro para redes espaciales asignadas a la República y registradas a nombre de ésta.
• La homologación y certificación, con la finalidad de garantizar la integridad y calidad de las redes de telecomunicaciones, del espectro radioeléctrico y la seguridad de los usuarios, operadores y terceros.
• La libertad de los operadores de establecer los precios y tarifas de los servicios de telecomunicaciones, excepto aquellos prestados en función de una Obligación de Servicio Universal, donde el operador debe someter a la consideración de CONATEL una propuesta de tarifa mínima y máxima, o cuando exista una posición de dominio por parte de una o más empresas, donde CONATEL podrá determinar las tarifas mínimas y máximas, oída la recomendación de Procompetencia.
• Asimismo, se contempla en este texto legal la interconexión de redes, en consecuencia, los operadores de redes de telecomunicación tienen la obligación de interconectarse con otras redes públicas para prestar comunicaciones interoperativas y continuas, bajo los principios de neutralidad, buena fe, no-discriminación, e igualdad de acceso entre operadores.

Por otra parte, es digno de señalar que la Ley de Telecomunicaciones que se presenta es el producto de un proceso de cientos de horas de consulta, abierto a la participación activa de las Universidades Nacionales, de las Cámaras de Telecomunicaciones, de diversos organismos públicos y del público en general, cuyos aportes se han recogido en el texto final que se ha visto enriquecido en su contenido, por la participación ciudadana. La nueva regulación pretende convertirse en el marco normativo general que regule los servicios de Telecomunicaciones de cara al milenio que comienza, creando el sustento legal necesario para garantizar estabilidad y seguridad jurídica indispensables, mediante el establecimiento de reglas claras y transparentes de actuación, con la finalidad de que ello se traduzca en servicios de telecomunicaciones de mejor calidad, cantidad, acceso y precio para la población, teniendo como norte fomentar la competencia entre los operadores, a la vez de que se garantice la presencia y vigilancia del Estado sobre las desviaciones perniciosas del mercado.

USO RESPONSABLE DEL INTERNET TENIENDO EN CUENTA LAS HABILIDADES QUE DESARROLLA :

    • USO RESPONSABLE DEL INTERNET TENIENDO EN CUENTA LAS HABILIDADES QUE DESARROLLA El ciudadano digital es una persona (sea: niño, adolescente, adulto), que al navegar en la red la usa productivamente, teniendo en cuenta sus derechos y deberes, para así hacer mejor el posible aprovechamiento de ella.
   ¿Qué es un ciudadano digital? ¿Qué habilidades debe tener? ¿Qué debe saber o aprender? Derechos y deberes más importantes Opiniones ( Las TIC en la Educación) ¿Qué es un ciudadano digital? Habilidades en el mundo digitalizado.

    • Ser responsable a la hora de publicar información o contenidos, teniendo en cuenta que no se vulneren sus derechos ni los de los demás; y cumpliendo sus deberes.
    • Manejar apropiadamente y con respeto la información que encuentre, dándole un uso adecuado.
    • Ser consciente de los usos  del Internet, para lograr un mejor aprovechamiento de los recursos tecnológicos y de aprendizaje.

¿Cuáles son sus derechos más importantes y como los puede aplicar? :

¿Cuáles son sus derechos más importantes y como los puede aplicar? •Derecho a la intimidad de las comunicaciones por medios electrónicos. Derecho a no proporcionar datos personales por la Red, a preservar su identidad y su imagen de posibles usos ilícitos (Redes sociales). •Derecho a beneficiarse y a utilizar en su favor las nuevas tecnologías para avanzar hacia un mundo más saludable, más pacífico, más solidario, más justo y más respetuoso con el medio ambiente, en el que se respeten los derechos de todos los niños y niñas.( Blogs, wikis, páginas educativas.) •Derecho a acceder a una Red libre de contenidos ilegales y de servicios fraudulentos.(Búsqueda de información, entretenimiento)  •Derecho a estar protegido/a de la publicidad, como en cualquier otro medio de comunicación (TV, prensa escrita, radio, etc.).(En todo momento). USO RESPONSABLE DEL INTERNET TENIENDO EN CUENTA LAS HABILIDADES QUE DESARROLLA ¿Qué es un ciudadano digital? ¿Qué habilidades debe tener? ¿Qué debe saber o aprender? Derechos y deberes más importantes Opiniones ( Las TIC en la Educación) Habilidades en el mundo digitalizado.

 BIBLIOGRAFIA
 www.regulatel.org/publica/Boletin/Boletin%2019.pdf
www.callscotland.org.uk/resources/.../CALL09_Access_Strategies.pdf

www.cca.ula.ve/.../Declaracion_Principicios_RedULA_Julio06V2.pdf -

www.monografias.com › Tecnologia -

www.authorstream.com



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